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El cártel de coches fue la forma en que se denominó a la agrupación de distintas marcas del sector del automóvil que tenían como objetivo principal el intercambio de información y que afectó al mercado. Si tu automóvil era uno de los afectados, existía la posibilidad de reclamar una parte del pago del vehículo.

Qué es el cártel de coches

El cártel de coches operó durante 7 años, entre 2006 y 2013, y consistía en que los integrantes compartían información confidencial que afectaba al libre mercado de los automóviles, como estrategias comerciales o de distribución, servicios postventa, etc. De esta forma los participantes se hicieron con el control absoluto, no dando opción a los consumidores de poder elegir libremente sobre el mejor precio o servicio.

Las marcas afectadas por el cártel de coches fueron Renault, Peugeot, Audi, Alfa Romeo, BMW, Seat, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Land Rover, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Mitsubishi, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Nissan, Opel, Porsche, Saab, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo, Smart, Dacia, Mini.

Todo ello fue informado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y ratificado por el Tribunal Supremo.

¿Cómo saber si mi coche está afectado?

Este interrogante no representa mayor complejidad, la solución es buscar el modelo de tu coche junto con el concesionario en donde fue adquirido en la página oficial de Afectados por el Cártel.

Toda la información otorgada será evaluada por un perito dentro del proceso, por ese motivo, la asesoría judicial es importante desde el momento en que se pretende recuperar parte del dinero con la indemnización, incluso esta puede ser solicitada de forma colectiva antes del plazo de prescripción.

Con motivo de este delito, se creó la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches, que ayudan a quienes quieran solicitar la indemnización, hacerlo a través suyo.

Cómo puedo reclamar por el cártel de coches

Tras las sentencias del Tribunal Supremo en las que se ratifican las multas que les impuso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a estas compañías en 2015, los clientes perjudicados pueden exigir una compensación a los fabricantes que rondará el 10% del valor pagado por el vehículo. Para ellos existen varias opciones:

  • En primer lugar, se recomienda realizar una reclamación previa por la vía extrajudicial para intentar llegar a un acuerdo amistoso.
  • De no ser posible el acuerdo, se presenta una demanda judicial con toda la documentación necesaria en la que se reclame el sobrecoste en la adquisición del vehículo por este pacto anticompetencia. Esta demanda se debe presentar acompañada de un informe pericial, que establece el importe de la reclamación.

En cualquier caso, es aconsejable contar con los servicios de un abogado especialista que le ayude durante todo el proceso de reclamación.

Documentación para reclamar

Será necesario verificar que la marca se encuentra entre los partícipes del cártel y aportar documentos que demuestren que la adquisición del vehículo se dio en ese periodo como:

  1. Ficha técnica del vehículo.
  2. Factura de la empresa que certifique la adquisición del vehículo (si se trata de leasing o renting será suficiente la póliza suscrita con la entidad financiera).
  3. Permiso de circulación del coche.
  4. Para la reclamación, los damnificados poseen un plazo de un año a contar desde la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo.
  5. La demanda debe presentarse en el Juzgado de lo Mercantil.
  6. La cuantía de la indemnización va a depender en cada caso concreto de varios factores como la marca del vehículo y el modelo.
  7. La indemnización consistirá en el sobrecoste que ha sufrido cada comprador en su caso concreto. No obstante, por norma general, se estima que puede alcanzar entre un 10% y un 15% del precio pagado por el vehículo.

Plazos para reclamar

Según la Ley, el plazo para reclamar es de un año desde la fecha de publicación de las sentencias del Tribunal Supremo. Como cada una de ellas corresponde a diferentes recursos interpuestos por las marcas y concesionarios, los afectados deben averiguar qué sentencia y qué fecha afecta al fabricante de su automóvil.

Las sentencias fueron dictadas entre el 20 de abril y el 12 de diciembre de 2021 por lo que entre los mismos meses de este año comenzaron a caducar los plazos para reclamar, y aquellos afectados que no hayan iniciado los trámites a tiempo no podrán recibir la indemnización que les corresponde.

Aunque por Ley el plazo sería de un año, debido a la complejidad del caso del cártel de coches numerosos juristas y abogados consideran que es muy posible que se produzca una prórroga, pero eso todavía no ha sucedido.

De ahí que la recomendación sea iniciar los trámites cuanto antes, ya que a día de hoy, no hay opción de recibir la indemnización si no se han iniciado los trámites y cumplido los plazos pertinentes.