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El carnet de conducir BTP desaparece

Distintivo de un taxi circulando por una ciudad
3 Min de lectura
En 2016, desaparece el carnet BTP para conducir vehículos de policía, bomberos, taxis, ambulancias o de transporte escolar. La adaptación a las categorías de permisos existentes en el Permiso Único Europeo de Conducción obligaba a esta modificación.
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El permiso o carnet BTP autorizaba a conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg (en furgonetas diésel o gasolina) y su número de asientos, incluido el conductor, no exceda de nueve. Esté carnet desaparecía en 2016 para adaptarse a la nueva normativa europea.

Qué requisitos sustituyen al carnet BTP

A partir del 1 de enero de 2016, este requerimiento que solo existía en España y con validez dentro del territorio nacional desaparece y ya no será necesaria su obtención para poder conducir vehículos de policía, bomberos, taxis, ambulancias o de transporte escolar.

El cambio viene a modificar el Reglamento General de Conductores. Ya que hasta ahora los conductores de este tipo de transportes –vehículos de policía, bomberos, taxis, ambulancias o de transporte escolar– necesitaban una doble acreditación:

  1. El carnet de conducir vigente para el tipo de vehículo que manejaran. Es decir, el B en el caso de coches, el C para camiones y el D para autobuses respectivamente.
  2. El permiso adicional y espacial BTP específico para poder ejercer como conductor de este tipo de servicios para cuya obtención debía superarse pruebas psicofísicas, teóricas y prácticas.

La normativa comunitaria acaba con estas exigencias, al  no reconocer más clases de permisos de conducción que los exigidos en función de las características del vehículo (B para turismos, C para camiones, o D para autobuses) y no del servicio que se presta con ese vehículo. Como consecuencia, se hacía imprescindible la eliminación del permiso por servicio BTP que no tiene ninguna validez en este nuevo sistema ni razón de ser.

Los titulares del carnet BTP, no obstante, pueden seguir conduciendo los mismos vehículos que hasta ahora y dando el mismo servicio, siempre que tengan en vigor el permiso de conducir obligatorio de acuerdo al tipo de vehículo que manejan y  con independencia de que deban cumplir los requisitos que pudieran establecer las normas sectoriales correspondientes para el desempeño de estos servicios.

La Directiva europea 2014/UE sobre el permiso de conducción es responsable de este cambio, para adaptarse a ella, se ha llevado a cabo la supresión del carnet BTP y de acuerdo con la fecha límite para transponerla -31 de diciembre de 2015-, la eliminación quedará reflejada en el Reglamento General de Conductores, a través de la publicación en el BOE de un Real Decreto que incluya dicha modificación e incorpore a nuestro ordenamiento la Directiva.

La desaparición del carnet BPT es parte, por tanto, de una obligada adaptación a la normativa europea de Permiso Único de Conducción que iguala el tipo y número de permisos en todo el territorio comunitario para mayor comodidad y libertad de los conductores y un mejor control por parte de las autoridades. La uniformidad en los tipos de permisos redundará en beneficios para todo los implicados, igual que conducir bajo la protección del Seguro de Coche MAPFRE  mejora tanto tu seguridad como la de tu familia, viajeros y la del propio vehículo.

Permiso único de conducción (BTP)

Personal sanitario en una ambulancia

Era un tipo de carnet de conducir que tan solo tenía validez en España y estaba pensado para los profesionales. Este permiso era obligatorio para todos aquellos que optaban a conducir vehículos de emergencias como ambulancias o coches de bomberos y otros vehículos de transporte escolar o taxis. Dentro del reglamento en el que se recogían las especificaciones del carnet (Reglamento General de Conductores), daba permiso para conducir:

  • Vehículos con masa máxima autorizada inferior a 3.500 kilogramos (4.250 kg en vehículos ecológicos).
  • Vehículos que no superasen los 9 asientos incluyendo al conductor.
  • Vehículos de carácter prioritario: coches de policía, guardia civil o ambulancias en servicio urgente.
  • Autobuses de transporte escolar de menos de 9 pasajeros.
  • Taxis y coches de transporte público.

Para obtener este permiso era necesario ser mayor de edad y presentarse a un examen teórico y práctico. Además, los interesados en obtenerlo debían contar con lo siguiente:

  • Permiso de conducir B.
  • Al menos un año de experiencia con vehículos de clase B.
  • Superar el examen psicotécnico.
  • Ser residente en España.
  • No tener su permiso de conducir suspendido o tener prohibido conducir.

Con la llegada del carnet único se elimina este carnet para adaptarse a la normativa europea y mantener los permisos de conducir vigentes en la actualidad.

Publicado por Blog Motor MAPFRE
- 24 May, 2022
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