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Desde el 22 de enero de 2024 todos los patinetes que se comercialicen deben poder presentar un certificado homologado obligatorio que hasta esa fecha no era necesario. La DGT argumenta este cambio pensando en la seguridad de sus usuarios, asegurando así la calidad y funcionamiento adecuado de los VMP (Vehículos de Movilidad Personal).

Definición de VMP – Vehículo de Movilidad Personal

La definición que aplica la Dirección General de Tráfico es la siguiente: “es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionarle una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Además, solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado”.

De esta manera se definen todos los vehículos de uso personal que están sometidos a las normativas nacionales y locales, siendo los patinetes uno de ellos ya que además al ser eléctricos acceden al distintivo medioambiental de “0” emisiones. A día de hoy no es necesario llevar el adhesivo que corresponde como en los coches, ya que la normativa no lo exige aún.

Los patinetes pueden además equipar baterías de hasta 100 VCC y montar un cargador integrado en su diseño de hasta 240 VCA en la entrada de corriente.

Restricciones de los patinetes en el transporte público

En los últimos meses de 2023 se ha endurecido notablemente la normativa de uso y transporte de los patinetes en el transporte público, con importantes restricciones en este sentido, en particular a partir del 4 de noviembre del 2023 en que entraron en funcionamiento nuevos detalles de la normativa en este sentido, como sigue en las diferentes grandes ciudades españolas, ya que estas normas son generalmente de carácter local:

Fuente: revista Motor Mundial

  • Madrid: en la capital los VMP sólo se pueden transportar en los trenes de cercanías, siempre plegados y asegurando que los viajeros del entorno no tengan ningún impedimento en sus movimientos (es decir sin estorbar).
  • Bilbao y Valencia: Por el momento la normativa sigue permitiendo transportar los patinetes en el transporte público y en los intercambiadores, aunque seguramente esto se cambiará pronto.
  • Sevilla: Andalucía se permite el uso de patinetes en el transporte público los fines de semana en cualquier horario, mientras que en momentos de alta ocupación o en horas punta (de 7:30 a 9:30, de 13.30 a 15:30 y de 18:30 a 20:30).
  • Barcelona: totalmente prohibido y de forma indefinida el acceso al transporte público con patinetes eléctricos en todo caso.

Nueva normativa de aplicación en enero de 2024

Aparte de los detalles ya aplicados, el 22 de enero de 2024 cambia la normativa sobre el uso de los patinetes, siendo este cambio una primera tentativa que pretende regular con más seguridad la venta de los VMP.

No es un cambio en absoluto preocupante ni muy profundo, ya que la finalidad es exigir a partir de esa fecha que se asegure la homologación de todos los VMP que se comercialicen, siempre siguiendo la relación de vehículos aprobados por esta normativa como se expresa en la página web de la DGT al efecto.

Fuente: revista Motor Mundial

Vehículos no homologados ya en circulación

En la normativa se establece que esta solo afecta a los patinetes que se comercialicen a partir de su entrada en vigor. Los que ya están circulando no necesitan cumplirla.

Esta normativa además, prevé que a partir del 22 de enero del 2027 sólo podrán circular las VMP que dispongan de certificado de homologación y que sean identificados con la placa informativa que debe llevarse siempre en estos vehículos.

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