La anterior Ley de Tasas Judiciales establecía que todas las personas físicas que presentaran una demanda judicial, tenían que abonar unas tasas que iban desde los 100 hasta los 1.200 euros. En el caso de recurrir una multa de tráfico por la vía judicial ascendía a 200 euros. La nueva ley establece un nuevo escenario, te contamos cuál es el coste por recurrir una multa.

El coste de recurrir una multa

Hasta el año 2015, los parámetros utilizados a la hora de recurrir una multa, si esta se presentaba a través de la vía judicial, tenían un coste que podía oscilar de los 100 a los 1.200 euros. Bajo dicho supuesto, eran muchos los conductores que no podían permitirse abonar esas tasas, aunque creyeran que la multa de tráfico interpuesta no era justa. Por lo tanto, preferían abonar la sanción de tráfico antes que recurrir ante un juez.

En general, las multas por exceso de velocidad eran las más recurridas, ya que el recurso por vía administrativa no suponía ningún coste, aunque dichas multas solían acabar por la vía judicial. En la actualidad y gracias a la última Ley de Tasas Judiciales del 27 de febrero de 2015 los criterios se han visto modificados.

Pagar o no pagar una multa

Tras haber cometido una infracción de tráfico recibirás una notificación de la DGT indicándote el importe de la misma y cómo puedes proceder con el pago. En el caso de que estés de acuerdo con ella, dispondrás de un plazo de 20 días para abonarla y que la administración correspondiente te aplique un 50 por ciento de descuento por pronto pago. Una vez transcurrido este tiempo, el pago de la multa será del 100 por cien de su importe.

Si por el contrario, no estás de acuerdo con ella, debes tener en cuenta que puedes recurrirla y realizar las alegaciones y reclamaciones pertinentes dentro del plazo de 20 días disponible para ello.

Algunos conductores, por su parte, deciden no pagar ni recurrir. En estos casos, el procedimiento se mantiene en curso durante 30 días desde la notificación de la multa y podrá traducirse en un embargo con el objetivo de subsanar la sanción.

Cómo recurrir una multa

En el caso de que hayas decidido recurrirla y no estés de acuerdo con ella, debes tener en cuenta que tienes dos vías para ello: la vía administrativa y la vía judicial. Cada una de ellas tiene una serie de particularidades.

Recurrir una multa por vía administrativa

Recurrir la multa por vía administrativa es el primer paso. Dentro de esta vía podrás enfrentarte a dos procedimientos. En primer lugar, debes tener en cuenta que deberás presentar tus alegaciones en un plazo de 15 días posteriores al plazo de pago voluntario.

En el caso de que no aceptes dicho proceso tendrás que hacer uso del recurso de alzada en el Ministerio del Interior. Este puede llevar el caso ante la Dirección General de Tráfico. Llegados a este punto, tráfico puede resolver de forma positiva o negativa para el conductor.

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Si no está de acuerdo con la resolución, toca recurrir a la vía judicial, para lo cual tendrás un plazo de un mes, en el caso de que el acto haya sido expreso, o de tres meses si no ha sido así. Si quieres continuar con el procedimiento por vía judicial debes asegurarte de haber pagado el importe de la multa.

Pero ¿cuánto cuesta recurrir una multa por la vía administrativa? lo cierto es que realizar este procedimiento por vía administrativa no tienen ningún coste según la nueva ley de tasas judiciales. Es decir, si decides recurrir usando este método no deberás pagar tasas.

Recurrir una multa por vía judicial

En el caso de que por la vía administrativa no se haya conseguido la anulación de la multa de tráfico. El afectado puede recurrir dicha sanción ante el juzgado de lo contencioso-administrativo. Es decir, si tu recurso no ha sido favorable por la vía administrativa recibirás una resolución sancionadora.

En estos momentos, si recurres por la vía judicial, deberás ir a juicio y que sea un juez el que determine quién de las dos partes tiene la razón con las pruebas presentadas. En estos casos, lo mejor es que cuentes con asesoramiento jurídico para poder hacer frente al procedimiento y conseguir la anulación de la denuncia.

Antes de la modificación de la Ley de Tasas Judiciales en el año 2015, la parte sentenciada debía hacerse cargo de las costas. Desde dicho año, las personas físicas se encuentran exentas del pago de las tasas judiciales y pueden realizar sus reclamaciones tanto por la vía administrativa como judicial de forma gratuita, algo que sin duda, facilita mucho el proceso a la hora de recurrir una multa de tráfico.

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