Radares volumétricos: ¿multan a furgonetas o camiones?
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Hasta hace pocos años, los vehículos que tenían un máximo de velocidad por debajo del genérico se libraban de ser cazados por los radares de la Dirección General de Tráfico cuando superaban su velocidad máxima, pero no la genérica. Sin embargo, la cosa cambió en el año 2015, cuando la DGT decidió implantar radares específicos para furgonetas, camiones y autobuses. Desde entonces, cualquier vehículo que sobrepase sus propios límites de velocidad es susceptible de ser fotografiado y sancionado con su correspondiente multa.
La medida se implantó tras constatar que, en 2014, el número de personas fallecidas en accidentes en carreteras tuvo una reducción neta respecto al año anterior (en concreto, tres menos), sin embargo, se incrementó la cifra de muertos que viajaban en furgoneta (45 fallecidos más) o camiones (5 más). Ante estos datos, la DGT, en colaboración con la Dirección General de Transporte Terrestre -perteneciente al Ministerio de Fomento-, comenzó a elaborar un plan estratégico para reducir la siniestralidad de este tipo de vehículos.
Una de las medidas de dicho plan fue la de implementar radares que fueran capaces de discriminar por tipo de vehículo y establecer multas en función de su límite específico de velocidad.
¿Cómo funcionan los radares para furgonetas, camiones y autobuses?
Desde el año 2015, todos los radares -tanto de láser como de ondas, y fijos o móviles- son capaces de detectar el tamaño de un vehículo, leer su matrícula y, mediante un cruce de datos con los registros de la DGT, puede catalogar el tipo de vehículo.
Si, por ejemplo, el vehículo sale catalogado como furgoneta, el radar saltará según el límite establecido para furgonetas. Lo mismo con los autobuses o camiones, aplicándose la sanción específica en cada caso.
¿A partir de qué velocidad saltan los radares?
Según ha explicado la propia Guardia Civil en su cuenta de Twitter, se puede saber a qué velocidad real se dispara un radar aplicando la regla del siete, es decir, sumar 7 kilómetros por hora a la velocidad máxima establecida para la vía por la que se esté circulando, siempre y cuando el límite no sea superior a 100.
¿Sabes a qué #velocidad real te denunciará un radar?
➡️Hasta 100 km/h, suma 7 km/h
➡️Por encima de 100 km/h, suma el 7%.
Recuerda, #LaCarreteraNoEsUnCircuito pic.twitter.com/ffLfG28XH4— Guardia Civil ?? (@guardiacivil) February 9, 2019
Por ejemplo, en autovía o autopista, los autobuses y vehículos mixtos adaptables deben circular a 100 kilómetros por hora, por lo que el radar se dispara cuando van a 108; mientras que los camiones, tractocamiones, furgonetas, cuyo límite está en 90, harán saltar el radar cuando vayan a 98 kilómetros por hora.
En carretera, se activará el radar para autobuses y vehículos mixtos adaptables cuando circulen a 98 (su límite máximo es 90 kilómetros por hora), aunque cabe recordar que en el supuesto de que en un autobús viajen pasajeros de pie, o que un vehículo derivado de turismo transporte mercancías peligrosas, la velocidad máxima se rebaja a 80 kilómetros por hora.
En el caso de camiones, tractocamiones, furgonetas y vehículos articulados por carretera, cuya velocidad máxima es de 80 kilómetros por hora, el radar se activará cuando circulen a 88.
Si tienes duda del tipo de vehículo que tienes y, por tanto, de los límites de velocidad a los que debes circular con él, consulta en la tarjeta de ITV la denominación que aparece en el código CL (Clasificación Vehículo). Si has sometido a tu vehículo a alguna reforma, debes comunicarlo a la DGT.
Pues yo conduzco autobuses y ya me han saltado varios radares por autovía estando limitada a 120,imagino que confunde camiones con autobuses (100 km/h)y por eso salta el radar aunque después es verdad que la multa no llega porque imagino que al cotejar matrícula y tipo de vehículo ven que es un bus y no lleva sanción por ir a 100,concretamente el de la A4 altura de Almagro salta a autobuses yendo a 100
Hola Daniel, efectivamente, el radar puede saltar, pero luego se comprueba que efectivamente se ha cometido una infracción antes de cursar la multa. Un saludo.
La carretera esta limitada a120 ,si voy con un camion de 3500kg ,a 110 por jora ,me salta el radar ?
Hola Sergiu, según la información compartida por la DGT, para saber a que velocidad saltan los radares, en carreteras de hasta 100 km/h, hay que sumarle 7 km/h; a partir de 100 km/h, habría que sumar el 7 por ciento. Por lo tanto, al no superar la velocidad de la vía, el radar no saltaría en el supuesto que propones. Un saludo.
Saliendo de un pueblo la redonda para ir hacia otra población,si señal de velocidad en ese tramo,nos denuncian radar móvil de ayuntamiento,Circular a 44km/h,Teniendo limitada la velocidad a 40km/h ( margen de error real de 2) 46km/h.Pueden explicarme esto,si se puede recurrir?
Hola Jeronima, en efecto, actualmente pueden ponerte una multa por exceso de velocidad. Recuerda que si eres asegurado MAPFRE cuentas con un servicio de asesoramiento jurídico en multas de tráfico para ayudarte con este tipo de dudas: https://bit.ly/2YaJYs8. Un saludo
Para la gente que estamos trabajando todos los dias con la furgoneta, es una gran injusticia que bajen tanto el límite de velocidad. Yo con una furgoneta media…tengo que ir a la misma velocidad que un trailer?. Por lo menos tendrían que haber puesto la velocidad a la que puede ir una autocarabana . No 90 en autopistas y autovías más 80 y 70 en carreteras comarcales. Es una injusticia y un peligro de que a tan poca velocidad te puedas dormir en carretera.
Eso y el peligro con los trailers, que van a la misma velocidad que tu. O sea que un autobús que transporta personas puede ir más rápido que yo en furgoneta a 100.
Pagamos justos por pecadores, hay furgonetas que te pasan a toda velocidad, estoy de acuerdo que les sancionen, pero a los que vamos a 110 por hora en una autopista…nos están cayendo multas una tras otra. Trabajamos para la Dgt. No hay derecho.
Hola Javier, gracias por tu opinión. Un saludo.