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¿Quién tiene preferencia en el carril bici?

Carril Bici
5 Min de lectura
La DGT dispone de una normativa muy específica que deben conocer tanto los ciclistas como los conductores en general, y que deja muy claro quien tiene que ceder el paso en un carril bici.
Motor Mundial
Periodista Especializado en Automoción en Revista Motor Mundial

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No existe demasiado que interpretar al respecto: los ciclistas tienen siempre prioridad de paso sobre los vehículos a motor circulando por un carril bici señalizado que cruza la calzada o interactúa con la misma.

Sin embargo, los ciclistas no tienen prioridad en los pasos para peatones en los que deberían bajarse de la bicicleta y arrastrarla a pie para cruzar el paso de manera que tengan consideración de peatón.

Norma de la DGT para la prioridad de paso y adelantamientos del ciclista

Se regula en el artículo 64 del Reglamento General de Circulación, como sigue:

Circulando por un CarrilBici

Fuente: revista Motor Mundial

“Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:

a) Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.

b) Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades.

c) Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos”.

Cada año se venden en España nada más y nada menos que 1,2 millones de bicicletas cuyo uso más común es el recreativo, por lo que los conductores y los ciclistas están obligados a entenderse y a cumplir con la normativa de la DGT.

Circulando por la calzada

Fuente: revista Motor Mundial

Por otro lado, anualmente fallecen decenas de ciclistas a los que hay que añadir un importante número de heridos procedentes de adelantamientos indebidos. La DGT se ha propuesto como prioridad mejorar la seguridad de los colectivos de máxima vulnerabilidad como son los ciclistas y motoristas.

Para ello la DGT ha marcado de manera clara las 21 normas para ciclistas sobre prioridades de paso y adelantamientos, con la finalidad de que todas sean conocidas por los ciclistas y los conductores:

Sobre los adelantamientos a ciclistas

  1. La distancia lateral que debe dejar un conductor respecto al ciclista/s debe ser al menos de 1,5 metros (incumplimiento = 200€ + detracción de 4 puntos).

  1. El conductor puede rebasar la línea continua central parcial o totalmente para respetar la distancia lateral con los ciclistas en adelantamientos, siempre en condiciones de seguridad.

  1. Es normativo reducir notablemente la velocidad para realizar la maniobra de rebasar el carril contrario para adelantar ciclistas, ya que en la norma prevalece el hecho de realizar un adelantamiento seguro.

  2. El conductor debe preocuparse, además de los ciclistas que circulan en su sentido, también de los posibles que circulen en el carril contrario, ya que está prohibido entorpecer o poner en peligro también a los ciclistas que circulen en el sentido contrario al adelantamiento.

Circulando por el arcén

Fuente: revista Motor Mundial

Normas de la DGT específicas para ciclistas

  1. Está permitido que dos bicicletas circulen en paralelo, salvo en tramos de baja visibilidad (curvas, zonas con niebla., cambios de rasante,..), pudiendo incluso formar pelotones compactos en fila de dos (en caso de incumplir esta norma se considera sanción leve para el ciclista).

  1. Los ciclistas siempre tendrán prioridad si circulan por el carril bici, paso para ciclistas o arcenes señalizados.

Circulando en pelotón

Fuente: revista Motor Mundial

  1. En ausencia de carril bici específico o de un arcén especialmente señalizado, los ciclistas deben circular por el arcén. En caso de ser insuficiente el mismo están autorizados a utilizar parte de carril habilitado para automóviles, situándose siempre en el lado derecho y ocupando el mínimo espacio imprescindible.

  2. Los ciclistas tienen derecho (excepto en autovía) a usar parte del carril para poder realizar con más seguridad un descenso en un tramo de curvas.

  3. Está permitida la circulación de los ciclistas en autovías (siempre que la misma no lo impida), pero nunca en autopistas. En autovía deben siempre circular por el arcén y su uso está restringido a mayores de 14 años.

  4. No está permitido que los ciclistas circulen por carriles de alta ocupación (VAO).

  5. Está terminantemente prohibida la circulación de ciclistas por aceras y zonas peatonales, salvo los casos en que la normativa municipal lo permita.

  6. En bicicleta está prohibido llevar objetos que sobresalgan por delante, más de 25 cm por detrás y medio metro en los lados. No hay limitación de altura.

  7. Los ciclistas mayores de edad pueden llevar a un niño de hasta 7 años en sillitas homologadas al efecto.

  8. El límite de velocidad de los ciclistas es el mismo que permita la vía con sus señales de tráfico.

Circulando por un carril bici

Fuente: revista Motor Mundial

Uso del casco e iluminación

  1. Los catadióptricos rojos traseros son obligatorios para ciclistas en carretera.

  2. Por la noche, así como en tramos con señal de túnel, los ciclistas deben llevar encendidas la luz de posición delantera (blanca) y trasera (roja). Además en vías interurbanas el ciclista debe llevar prendas reflectantes visibles a un mínimo de 150 metros de distancia.

  3. Los ciclistas deben utilizar un casco homologado en vías interurbanas, salvo alguna excepción especifica del tipo “condiciones extremas de calor”.

Prioridad de paso de ciclistas

  1. Los ciclistas siempre tienen la prioridad ante un vehículo a motor que gire en un cruce.

  2. En cruces y rotondas, un grupo de ciclistas se debe comportar como un conjunto único (como si fuera un único vehículo), por lo que en una rotonda la prioridad de paso depende del primer ciclista del grupo, debiendo ceder el paso a todo el pelotón.

  3. En pasos estrechos en los que no pueden cruzarse dos vehículos, tanto los ciclistas como otros vehículos de dos ruedas deben siempre ceder el paso al resto de vehículos, salvo indicación contraria de un agente.

  4. Está prohibido a todos los conductores parar o estacionar en vías específicas de ciclistas ni en pasos de los mismos.

Carril bici

Fuente: revista Motor Mundial

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Publicado por Motor Mundial
- 29 Abr, 2023
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