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En la actualidad, la DGT cuenta con 850 radares y aunque hace algunos meses se instalaron 30 radares de tramo como sustitución de otros, no está previsto que se amplíe esta cantidad. Estos sistemas de control de la velocidad son más que necesarios, ya que los km/h a los que circule un coche repercuten en la siniestralidad vial, así como en la gravedad y en el grado de las lesiones en caso de accidente.

Todos los conductores deben estar al día de las diferentes normas de tráfico que existen y de los límites de velocidad establecidos para cada vía. Dentro de este ámbito es importante conocer estas cinco dudas frecuentes sobre radares, así como contar siempre con un Seguro de Coche MAPFRE para circular con una mayor seguridad.

¿Qué tipos de radares existen?

  • Radares fijos: habitualmente están señalizados como “puntos de verificación de velocidad” y se colocan en cabinas, postes, pórticos o al margen de la carretera.
  • Radares móviles: son los que se instalan en coches oficiales o camuflados de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Este tipo de radares pueden funcionar tanto si el coche está parado como en marcha.

  • Radares de tramo: la mayoría de estos radares se sitúan en los túneles de tal manera que al principio del tramo hay un detector y al final, otro. Ambos se encargan de calcular la velocidad media del vehículo durante ese trayecto.
  • Radares «Foto Rojo»: son los radares colocados en los semáforos de las ciudades. Se activan y fotografían a los conductores que pasan por esas zonas cuando se la luz está roja.

  • Radar de helicóptero: desde hace algunos años, la DGT también cuenta con otro tipo de radares móviles en helicópteros. Son los denominados Pegasus y son capaces de controlar la velocidad de un coche y detectar posibles infracciones hasta 300 metros de altura con una precisión extrema gracias a sus dos cámaras. Una es panorámica, que se encarga de seguir a los coches y captar la velocidad a la que circulan, y la otra, es una cámara con teleobjetivo que capta al detalle las matrículas de los vehículos e incluso el interior de los mismos. Si te pilla te mandarán la fotografía a casa sin necesidad de pararte para multarte.

 

¿Deben estar señalizados los radares?

La normativa que resulta de aplicación en este caso es la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, así como el Real Decreto 596/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo y Ejecución de la citada ley. En dicha normativa, se establece la obligatoriedad de avisar de los radares fijos. Además, la DGT también hace pública la ubicación de los radares móviles para conseguir que los conductores respeten los límites de velocidad, especialmente en los tramos más peligrosos.

En la página web de la Dirección General de Tráfico, los usuarios pueden consultar la localización exacta de los radares fijos y de tramo por provincia.

Los radares no funcionan de noche ni con lluvia

La afirmación de que los radares no pueden multar de noche o con lluvia es un mito falso. El hecho de que no veamos el flash no significa que el radar no se haya activado por nuestra excesiva velocidad, sino que éstos utilizan otra tecnología de infrarrojos.

Margen de error de los radares

Según la nueva normativa, tanto para radares móviles como fijos, se establece el umbral de tolerancia en 7 kilómetros, siempre que la velocidad sea inferior a 100 km/h, o el 7% si se superan dichos kilómetros por hora.

En cuanto a los carriles que son capaces de detectar, los radares fijos en los pórticos miden la velocidad de los vehículos que circulan por el carril donde están situados, pero en cambio, los que se colocan en las cajas, pueden medir la velocidad de los vehículos en ambos sentidos de la circulación.

¿Se pueden usar detectores de radar?

Existen tres tipos de dispositivos que permiten conocer la ubicación de los radares: los avisadores, los detectores y los inhibidores de radar. Con la nueva Ley de Tráfico, los detectores de radar y los inhibidores están totalmente prohibidos. En el primer caso la sanción asciende a una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos en el carnet de conducir. En cuanto a los inhibidores, la sanción es de 6.000 euros más la retirada de 6 puntos, junto con una multa de hasta 30.000 euros para los establecimientos que se dedican a instalar este tipo de dispositivos.

  • Avisadores de radar: este sistema está integrado en la mayoría de los dispositivos GPS y se sirven de su base de datos. Simplemente informan de la ubicación de los radares fijos y, en algunos casos, de la velocidad máxima a la que está permitido circular en ese tramo de vía. Estos avisadores sí que están permitidos.

  • Detectores de radar: este tipo de dispositivo puede detectar la presencia de un radar, ya sea fijo o móvil, y avisar al conductor mediante señal acústica. En un principio los detectores iban ocultos, pero desde hace algunos años la mayoría necesitan ser colocados en el parabrisas.
  • Inhibidores de radar: pueden emitir una frecuencia que altera el funcionamiento habitual del radar para que no se active si pasamos por él a una velocidad superior a la permitida. Llevar un inhibidor supone una infracción grave.

Después de conocer las cinco dudas frecuentes sobre radares, lo más importante es respetar siempre los límites de velocidad establecidos en función del tipo de vía y llevar una conducción lo más segura posible.