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Las claves para circular por Madrid Central

Calles de Madrid con cartel de Madrid 360
4 Min de lectura
Te contamos cuáles son las novedades para que descubras las claves para circular por Madrid Central. Las restricciones aplicadas a los vehículos y un mapa en el que encontrarás las ZBE actualizadas.
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La entrada en vigor de Madrid Central restringe el acceso al centro de la ciudad a determinados vehículos con el objetivo de reducir el ruido y la contaminación. Descubre que zonas comprende este proyecto y qué vehículos pueden circular.

¿Qué es Madrid Central?

Madrid Central es una zona de bajas emisiones que tiene como objetivo garantizar la protección de la salud frente a los efectos de la contaminación atmosférica, contribuir a la reducción del ruido y a la lucha contra el cambio climático reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero, mediante la eliminación del tráfico de paso (el 20 por ciento del total).

Según el Ayuntamiento, con la puesta en marcha de Madrid Central se conseguirá evitar un 37 por ciento de los kilómetros recorridos actualmente en sus 472 hectáreas, con lo que se prevén reducir las emisiones por dióxido de nitrógeno (NO2) un 40 por ciento en la zona y un 23 por ciento en toda la ciudad, además de fomentar la renovación progresiva de los vehículos que circulan por la ciudad.

¿Qué vehículos pueden circular por Madrid Central?

Una de las mayores dificultades con la que se encontró el proyecto fue la de determinar qué vehículos podrían circular por Madrid Central. Finalmente, se acordó que tendría prioridad el transporte público, los servicios de seguridad y emergencias, los residentes en la zona y las personas con movilidad reducida. Para el resto de vehículos, podrán circular si son 0 emisiones o ECO y solo acceder para estacionar en aparcamientos de rotación si son C o B.

Al tratarse de un plan que se ha ido implantado en fases, las restricciones para ello, se han ido ampliando desde su entrada en vigor, así que estas son las fechas clave para conocer las opciones que tienes para circular y aparcar en Madrid Central:

  • 1 de enero de 2023: no podrá circular, en el área de la M30 ningún vehículo que no disponga de la etiqueta de la DGT. La excepción serán los residentes, furgonetas, camiones o motos.

  • 1 de enero de 2024: no podrán acceder ni circular vehículos sin pegatina en todas las vías urbanas de Madrid. Tan solo podrán hacerlo aquellos que estén empadronados en el municipio, las motos, las furgonetas y los camiones.

  • 1 de enero de 2025: no podrán acceder ni circular vehículos que no dispongan de pegatina en el área de la M30 tanto si son residentes como si no. Tampoco podrán hacerlo camiones, furgonetas o motos sin esta distinción.

¿Quién puede entrar en Madrid Central?

La principal duda que tienen los conductores con respecto a Madrid Central viene dada por las restricciones del Plan. Te contamos qué vehículos pueden acceder y qué tiene permitido hacer dentro de la Zona de Bajas Emisiones.

  • Residentes: sin distinción de etiqueta hasta 2025

  • Taxis y VTCs con etiquetas B y C, ECO o CERO: aquellos que tengan distintivo B solo podrán acceder si tienen un servicio previamente contratado y que tenga como destino el Distrito Centro.

  • Vehículos con etiquetas B y C: deberán aparcar siempre en parkings públicos o privados.

  • Vehículos de autoescuela con etiquetas C, ECO y CERO.

  • Vehículos de empresas, invitados y autónomos hasta 2025: para ellos es necesario justificar que la actividad se realiza dentro de las ZBE.

  • Vehículos de servicios públicos o de limpieza: Policía, Agentes de Movilidad, Fuerzas Armadas, ambulancias, bomberos, protección civil, grúas, cuerpos diplomáticos, municipales, servicio madrileño de salud, recogida de residuos, mantenimiento y otros servicios municipales.

  • Vehículos de trabajadores en establecimientos situados en la ZBE: con horario nocturno entre las 00:00 y las 06:30.

  • Vehículos de transporte escolar hasta 2025.

  • Vehículos destinados a personas de movilidad reducida: deben disponer de tarjeta de estacionamiento y estar adaptados a partir de 2025.

  • Vehículos motosharing o carsharing.

  • Vehículos que accedan a talleres de reparación dentro de las ZBE: tan solo con permiso del taller y con etiqueta de la DGT.

Horarios de Madrid Central

Madrid Central dispone de un horario en el que se aplican las restricciones vistas anteriormente que va desde las 7:00 de la mañana hasta las 22:00 de la noche. Durante este horario aquellos vehículos que dispongan de pegatina CERO podrán circular libremente y estacionar sin restricciones. Los que dispongan de pegatina ECO tan solo podrán entrar y aparcar en la zona SER durante un máximo de 2 horas y aquellos con distintivo C y B solo podrán acceder para usar un parking público o privado.

¿Qué ocurre si entras en una calle de Madrid Central?

Si accedes a una calle de Madrid central con tu coche, serás multado si no dispones de pegatina. En el caso de que cuentes con las distinciones B o C, podrás circular por la zona si te diriges a un parking. En el caso de los coches con distintivo ECO o CERO, la circulación será libre, además los vehículos ECO disponen de dos horas de aparcamiento gratuito en la zona SER. En el caso de que necesites más tiempo, será necesario que el coche se estacione en un parking.

Las motos también pueden circular por Madrid Central siempre y cuando dispongan de pegatina medioambiental. Aquellas con distintivo B o C, tan solo podrán acceder desde las 7 de la mañana hasta las 22 horas, para estacionar en la calle. Si lo haces en un parking, la circulación no presenta limitaciones horarias.

Estas limitaciones, tanto en coches como en motos no se aplican a los residentes que sí podrán circular y aparcar libremente en la zona hasta la entrada en vigor de las nuevas restricciones en el año 2025.

Mapa de Madrid Central 2023

Para que no tengas problemas de acceso y te encuentres con una multa indeseada, te mostramos el mapa de Madrid Central actualizado a fecha de 2023. En él podrás consultar si tu ruta pasa por estos puntos y actuar en consecuencia.

Saber si te han multado

Si no estás seguro de si has accedido a una zona restringida con tu vehículo o has realizado una acción incorrecta, debes saber que las multas de Madrid Central tienen un importe de 90 euros. Aunque disponen de una bonificación del 50 por ciento si se abonan en un plazo de 20 días desde la notificación de la multa. El Ayuntamiento de Madrid, pone a disposición de los usuarios una página web en la que se puede consultar si has sido multado, recurrir las sanciones o abonarlas. Recuerda que con la asistencia jurídica del Seguro de Coche MAPFRE podrás recurrir multas de tráfico.

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Publicado por Blog Motor MAPFRE
- 17 Jul, 2023
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