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Que las motos favorecen la circulación y ayudan a evitar los atascos es un hecho. Según ANESDOR (Asociación Nacional de Empresas del Sector Dos Ruedas), las motos reducen el tiempo de desplazamiento entre un 50 y un 70 por ciento en comparación con los turismos. Esto se debe a que sus características hacen que sea posible sortear las aglomeraciones más habituales de las ciudades. Pueden realizar determinado tipo de maniobras que para un turismo serían impensables, pero no todas. Por ejemplo, un usuario no puede circular con su motocicleta por un carril bus, aunque hay excepciones.

Según el reglamento de tráfico, en aquellos carriles en los que estén pintadas las palabras BUS o TAXI, lo que se indica es que dicho carril queda reservado permanente o temporalmente para la circulación, parada o estacionamiento de autobuses o taxis, respectivamente. La circulación, parada o estacionamiento de vehículos distintos a los señalados están prohibidos, y esto incluye a las motocicletas.

Sin embargo, la condensación de las grandes urbes ha hecho necesaria replantear esta norma y, en algunos casos su circulación está permitida.

¿Puedes circular con tu motocicleta por un carril bus?

La respuesta – en líneas generales – es no. El carril bus-taxi está específicamente diseñado para facilitar la movilidad de este tipo de vehículos y fomentar el transporte público. No obstante, como la gestión de estos carriles depende de los Ayuntamientos, y cada uno cuenta con su propia normativa, no existe un consenso en todo el país.

  • Barcelona: las motocicletas tienen prohibido circular por todos los carriles bus-taxi de la ciudad condal. Esta decisión se tomó en 2011 tras valorar los diferentes informes que indicaban que la circulación de motos por este carril aumentaba en un 37 por ciento el número accidentes registrados.
  • Madrid: desde 2006 está permitido circular en moto por los carriles bus-taxi de toda la Comunidad de Madrid siempre que se trate de motocicletas de 50 cc, es decir, los ciclomotores lo tienen expresamente prohibido. El carril bus del Paseo de la Castellana, que siempre estuvo bajo lupa debido a la cantidad de accidentes que se producían en los cruces, es el único por el que no pueden circular motocicletas ni ciclomotores desde La prohibición afecta, concretamente, al tramo comprendido entre Joaquín Costa y Plaza de Castilla.
  • Sevilla: desde diciembre de 2012, cualquier usuario puede circular con su motocicleta por un carril bus de la ciudad, sin limitaciones en cuanto a características técnicas de las motos.
  • Valencia: Las motos y ciclomotores pueden hacer uso del carril bus desde el año 2013.
  • Vigo: se puede circular por ellos de manera legal desde 2013.
  • Palma de Mallorca: tienen permitido transitar por estos carriles tanto motos como ciclomotores desde 2009.
  • Vitoria: se permite a las motos circular por ellos, siempre y cuando estén señalizados a tal efecto.

Lo cierto es que, al haber normas tan dispares entre las distintas ciudades, lo más aconsejable es consultar directamente en el departamento de Movilidad Urbana de cada consistorio para salir de dudas.

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¿Las motos pueden circular por el carril bus VAO?

Los carriles bus VAO (Vehículos con Alta Ocupación) son carriles adicionales a los habituales por los que solo pueden circular vehículos cuyo número de pasajeros cumplan con los previamente fijados. Están reservados casi exclusivamente a las grandes ciudades, en las que el tráfico denso de las horas punta congestiona las calles, y su objetivo es hacer fluir el tráfico de vehículos en el centro de la ciudad y disminuir el número de atascos.

Además de por el número de ocupantes, la legislación limita el uso de estos carriles a los siguientes vehículos: motocicletas, turismos y vehículos mixtos adaptables. Están prohibidos, por tanto, al resto de vehículos y conjuntos de vehículos, incluidos los turismos con remolque, así como a peatones, ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal y animales.

En Madrid, por ejemplo, sólo las motocicletas con más de 125 cc pueden acceder a ellos, mientras que en la ciudad condal están abiertos a todo tipo de motocicletas, pero no los ciclomotores.

¿Pueden las motos circular por el arcén?

Otra de las fórmulas que suelen usar los motoristas para eludir los atascos es circular por el arcén, pero ¿es legal? La respuesta es tajante: no.

El arcén es un espacio reservado para un determinado tipo de vehículos entre los que no se encuentran las motocicletas. Pero, como en otros casos, hay excepciones. Los ciclomotores pueden usarlos (menos en autovías o autopistas), siempre que circulen a un máximo de 45 kilómetros por hora. Las motos solo podrán circular por el arcén cuando tengan alguna avería que las obligue a circular a una velocidad anormalmente reducida; y cuando se habilite como carril adicional.

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