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Donar o vender un vehículo, ¿qué opción te interesa?

Mano sujetando un coche de juguete con un lazo de regalo
4 Min de lectura
¿Quieres regalar tu coche a un familiar o un amigo? Sí es así, debes saber que tienes que abonar determinados impuestos para hacer la transacción, cuya cuantía puede ser tan elevada que no te convenga. Descubre qué te compensa más: donar o vender un vehículo.
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Tanto si vas a regalar tu coche como si lo vas a vender, tienes que llevar a cabo ciertos trámites: hacer el cambio de titular, pagar una tasa a tráfico y abonar un impuesto determinado. Un aspecto importante porque, según la forma que elijas para transferir el vehículo, pagarás más o menos impuestos. Analizamos los pros y los contras de cada caso para que puedas determinar qué te conviene más, si donar o vender tu vehículo.

¿Qué te conviene más: donar o vender el vehículo?

Los trámites burocráticos que hay que realizar en una y otra operación son prácticamente los mismos:

  • Firmar el contrato o escritura pública entre las partes.
  • Realizar el cambio de titular en la Jefatura de Tráfico que corresponda y abonar la tasa que, en ambos casos, está fijada en 54,60 euros para vehículos en general, y 27,30 euros para ciclomotores (cifras de 2019).
  • Asegurarse de que el cambio se ha realizado correctamente, para lo que hay que solicitar un Informe de matrícula a la Dirección General de Tráfico (DGT).

Además, en los dos casos (donación o venta) hay que pagar un impuesto: si se produce la venta, dicho pago hay que hacerlo en Hacienda; mientras que, si es una donación, el abono se realiza en la Agencia Tributaria. Este es el principal aspecto a tener en cuenta a la hora de decidirse por donar o vender un vehículo.

Donación: Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Si se realiza un cambio de titular sin venta de por medio, hay que abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones con la Agencia Tributaria en la Comunidad Autónoma del que recibe el vehículo.

Dicho impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que son éstas las que fijan el porcentaje a aplicar y las que establecen los beneficios fiscales que son exclusivos para sus residentes, tal y como regula la Ley 22/2009. Un hecho que genera grandes diferencias en el trato fiscal de donaciones entre españoles, según residan en una u otra Comunidad Autónoma (puedes consultar las tablas del Impuesto en la Agencia Tributaria de tu Comunidad).

En algunas regiones, las donaciones entre padres e hijos cuentan con bonificaciones, incluso hay Comunidades en las que se libera de dicho pago si la donación del coche se produce entre descendientes y ascendentes directos.

Normalmente, la donación de vehículos se produce entre miembros con relaciones de parentesco enmarcadas en el grupo I (descendientes y adoptados menores de 21 años) o el grupo II (descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuge, ascendientes y adoptantes). Si la relación de parentesco se enmarcara en otro grupo (hermanos, tíos, sobrinos…) habría que multiplicar el importe a pagar por 1,5882; y si se trata de familiares más lejanos, amigos o terceros sin relación de parentesco, el importe sería el doble.

En Madrid, por ejemplo, existen bonificaciones a este impuesto si las relaciones de parentesco son del grupo I y II. En concreto, si el valor real del coche fuera superior a los 3.850 euros, sería más ventajosa la donación que la compraventa.

Venta: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

En la práctica, cuando alguien decide regalar su vehículo, suele formalizar la transferencia mediante venta en lugar de donación. ¿Por qué? Muy sencillo, porque con esta opción hay que abonar a Hacienda el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que suele ser mucho más reducido.

Dicho impuesto tiene que presentarlo y pagarlo el comprador en la Comunidad Autónoma en la que resida.

En la mayoría de Comunidades -como Madrid- se corresponde con el 4 por ciento del valor del vehículo, pero en otras el tipo impositivo es más alto. Es el caso de Galicia, que tiene un tipo vigente del 8 por ciento (aunque bien es cierto que en esta Comunidad los vehículos que tienen una antigüedad de más de 15 años y poca cilindrada pagan una cuota fija muy reducida).

En el otro extremo, encontramos otras Comunidades en la que algunos vehículos quedan incluso eximidos de dicho pago. En Cataluña, por ejemplo, la venta de coches de segunda mano con más de 10 años de antigüedad y un valor no superior a los 40.000 euros no tributan.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que, a efectos fiscales, existe un valor mínimo, por lo que, si la venta no llega a dicho importe, la base para el cálculo del impuesto será ese mínimo y no el precio que realmente se abone.

En la mayoría de los casos, la compraventa resulta más ventajosa que la donación, por lo que muchos optan por hacer donaciones encubiertas para eludir el pago de impuestos, algo que Hacienda sabe. Por eso, es muy habitual que la administración pida la justificación del pago de la operación. En caso de que ésta no exista, puede practicarle al interesado una liquidación complementaria para el pago del Impuesto de Donaciones, con la sanción correspondiente. De ahí la importancia de redactar siempre el contrato de compraventa de vehículos entre particulares.

¿Qué hacer entonces?

Mano sujetando las llaves de un coche

https://bit.ly/2moZ3Gu

En definitiva, antes de decidirse por donar o vender el vehículo, hay que revisar el porcentaje que se aplica a cada uno de los impuestos según la Comunidad Autónoma, así como los posibles descuentos que existan, ya que en algunos casos podría resultar más económico efectuar la operación mediante compraventa, y en otros, mediante donación.

Eso sí: si eres el comprador o el donatario, una vez que tengas el vehículo a tu nombre, busca un Seguro de Coche MAPFRE que te ofrezca todos los servicios y asistencias que necesitas y olvídate de cualquier preocupación.

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Publicado por Blog Motor MAPFRE
- 21 Ago, 2020
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