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¿Deben las motos llevar faros antinieblas? Ley y consejos

Motorista sobre una moto en una nube de humo o niebla
4 Min de lectura
¿Las luces antiniebla son obligatorias para las motos? ¿Cómo tienen que ser estos faros? ¿Qué trámites hay que seguir para instalarlos? Resolvemos todas tus dudas.
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A pesar de que las luces antiniebla cobran especial sentido en las motos debido a la limitada iluminación que tienen respecto a otros vehículos, no vienen de serie en todas marcas, y las que las incorporan como extras son, generalmente, las grandes maxitrail, y las versiones mejor equipadas y, por consiguiente, más caras.

La explicación a esta ausencia se encuentra en que la normativa no obliga a tenerlas, sino que forman parte de los dispositivos de iluminación opcionales descritos en el artículo 17.2. del Real Decreto 2822/1998, según el cual, las luces antiniebla son de uso opcional para los conductores de motocicleta en todo tipo de vías, pero en ningún caso son obligatorias, ya que su uso se deja a la elección del conductor que esté a los mandos.

¿Cómo deben ser las antiniebla de las motos?

A pesar de la normativa, los faros antiniebla en motos son útiles y necesarios para ver y hacerse ver en situaciones no solo de niebla, sino también de nevada, tormenta o nube de polvo, algo que no se puede hacer con otros dispositivos.

Bien es cierto que las luces de cruce con faros de xenón o LED proyectan una luz superior, pero nunca darían la misma visibilidad que unas antiniebla.

El reglamento indica que toda motocicleta puede llevar instalada una luz antiniebla en la parte delantera y otra en la trasera. Para la primera opción, puede llevar una o dos luces de color blanco o amarillo selectivo (salvo en el caso de los sidecares, que sólo pueden ser blancas); para la trasera, una o dos luces de color rojo.

En moto bajo la niebla: lo que debes saber

Cuando se circula en moto, es importante saber que en los casos más extremos es preferible salirse de la calzada y esperar que se aclare, por ejemplo, si no ves las rayas de la carretera o si la distancia de seguridad necesaria te impide ver las luces del vehículo que te precede.

Lo más importante en estas situaciones es ver, pero también ser vistos. Para ello, deben encenderse las luces de cruce (nunca las de largo alcance, ya que la luz rebota con las gotas de agua produciendo un auto deslumbramiento) y las antiniebla.

Si tu moto carece de ellas, es aconsejable activar los warning y frenar de vez en cuando para ser vistos por detrás.

Además, hay que reducir la velocidad y aumentar la distancia de seguridad con el fin de tener tiempo de reacción ante cualquier eventualidad. Con niebla, es probable que haya que dar un frenazo repentino.

Dos motos circulando en una carretera bajo la niebla

https://bit.ly/2Ti8VP6

¿Cuándo se enciende la luz antiniebla?

En cuanto al uso de este tipo de faros, si tu moto equipa luz antiniebla delantera, debes encenderla cuando haya niebla, lluvia intensa, esté nevando o se registren nubes de humo o polvo. Además, puedes usarla por la noche cuando circules por una calzada estrecha o con muchas curvas y poca visibilidad.

Si no se da ninguna de estas circunstancias, está prohibido usar las antiniebla por su brillo y la posibilidad de deslumbrar a otros conductores.

En cuanto a la trasera, sólo se puede usar conjuntamente con las luces de carretera, las de cruce o las antiniebla delanteras, cuando las condiciones meteorológicas sean muy desfavorables (niebla espesa), lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes muy densas de polvo o humo.

¿Puedo instalar luces antiniebla en mi moto?

Se pueden instalar luces antiniebla en la moto como dispositivo de iluminación adicional, siempre y cuando se lleven por debajo de la luz normal. Deberán situarse, si es una luz, en el plano longitudinal medio de la moto; y si son dos luces, simétricas con respecto al plano longitudinal medio de la motocicleta.

Hay que tener en cuenta que añadir cualquier elemento, dispositivo o sistema independiente de alumbrado y señalización está sujeto a las directrices marcadas en el Manual de Reformas de Vehículos y conlleva pasar una homologación, es decir, certificar las posibles reformas realizadas.

Según el Real Decreto 866/2010 , se entiende por reforma:

Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación […], que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio. Este término incluye cualquier actuación que implique alguna modificación de los datos que figuran en la tarjeta de ITV del vehículo”.

Para homologar las luces antiniebla hay que iniciar un proceso administrativo, para lo cual se necesita la siguiente documentación:

  • Una copia de la resolución de la autoridad de homologación.
  • Un informe de conformidad para verificar que la reforma efectuada cumple con las disposiciones legales vigentes.
  • El certificado del taller que ha efectuado la reforma, indicando en qué consiste la misma y certificando que cumple la normativa vigente.
  • Posteriormente, se anotará la normalización de la reforma en la tarjeta ITV.

Si necesitas ayuda al respecto, con tu Seguro para Motos MAPFRE dispones de un servicio de asistencia al motorista donde podrás realizar consultas sobre trámites administrativos. En cualquier caso, ten en cuenta que si te saltas estos trámites, puedes tener problemas al pasar la ITV, además de correr el riesgo de ser multado por los agentes de tráfico.

Publicado por Blog Motor MAPFRE
- 30 Mar, 2022
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