A veces se pueden producir olvidos que acarrean multas. Por eso, hay que estar atento para no llevar un carnet de conducir caducado encima, aunque no llevarlo encima, puede ser causa de multa.
Como indica la Dirección General de Tráfico en su página web el plazo de vigencia del carnet de conducir tipo B es de 10 años hasta que se cumplen los 65. A partir de ese momento, se debe renovar cada 5 años. Para el resto de clases, la vigencia es de 5 años hasta los 65, que pasa a ser de 3 años. ¡Consulta las novedades durante el estado de alarma por el Covid-19!

Cuánto cuesta renovar el carnet de conducir

Los precios variarán en función del motivo de la renovación, así:

  • Son 24,10 euros en caso de renovación.
  • 20,40 euros por duplicado.
  • Los mayores de 70 años no pagan tasa, a no ser que, por razones médicas, les adelanten la renovación, en cuyo caso los precios son de 19,30 euros hasta cuatro años, 14,50 euros hasta 3 años, 9,70 euros hasta dos años y 4,9 euros un año o menos 4,90 euros.

¿Cuándo y cómo he de renovar el carnet de conducir caducado?

Lo primero es no esperar a tener el carnet caducado. El plazo para renovar el carnet de conducir comienza desde los tres meses anteriores a la fecha de caducidad indicada en el propio documento. Antes será imposible realizar los trámites de renovación.

El proceso se puede hacer por dos vías. Por un lado, están los centros médicos autorizados, que hacen las pruebas de Aptitud Psicofísica y además realizan todos los trámites con Tráfico. Para hacer la renovación por esta vía necesitarás:

  • DNI o pasaporte en vigor (para extranjeros se requiere la autorización de residencia, el documento de identidad del país o el Pasaporte y el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros)
  • El test de Aptitud Psicofísica superado.
  • Recibo del pago de las tasas.
  • La fotografía se realizará en el mismo centro. Otra opción es realizar el trámite en Tráfico. En la Jefatura Provincial nos pedirán el impreso oficial, el informe de Aptitud Psicofísica, el DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia para extranjeros, una fotografía de carnet y el talón-foto (un documento que acredita la superación del examen práctico y que se puede conseguir en Tráfico o en la autoescuela donde en la que realizamos el curso).

¿Hay motivos para que no me renueven el carnet de conducir?

Por el momento, no existe una edad tope a partir de la cual no se nos renueve el carnet. Los únicos motivos que pueden impedirlo es dejar de cumplir los requisitos, es decir, enfermedades que provoquen incapacidad par ello, como alteraciones agudas de la capacidad visual, trastornos serios del sistema nervioso central y otras condiciones que supongan un riesgo para el poseedor del carnet y el resto de conductores.

En otros casos puede limitarse la prorrogación del carnet sin un informe médico que lo autorice o reducir los plazos de caducidad por debajo de lo normal, de modo que el conductor tenga que pasar por valoraciones médicas.

¿Hay límite de tiempo para la renovación de un carnet de conducir caducado?

Pero ¿qué pasa si el documento ya ha caducado? La ley no indica un plazo posterior a la caducidad del carnet de conducir. En este caso debes saber que si conduces con el documento caducado te puedes enfrentar a una multa de 200 euros. Pero el simple hecho de haber superado la fecha de caducidad no implica sanción si no vas al volante, así que puedes acudir a Tráfico o directamente al centro médico autorizado para realizar el proceso.

Hay que estar atentos al plazo para renovar el carnet de conducir, y sobre todo, de la fecha de caducidad. Cuando lo renueves te llegará directamente a casa, y mientras tendrás un resguardo que debes llevar cuando conduzcas. A veces se producen despistes. Para dudas, el Seguro de coche MAPFRE te puede ayudar gracias a la asistencia al automovilista que permite realizar consultas sobre trámites administrativos y recibir asesoramiento sobre infracciones de tráfico. Es una de tantas coberturas a las que puedes acceder. Infórmate sin compromiso.

Renovar el carné de conducir durante el estado de alarma

https://bit.ly/34K5PIT

¿Te tocaba renovar el carné de conducir en estas fechas? En tal caso, debes saber que la vigencia de los permisos y licencias de conducir se ha paralizado durante el estado de alarma por el coronavirus.

Una de las consecuencias del estado de alarma decretado por el Gobierno con el fin de atajar la pandemia del coronavirus es la imposibilidad de realizar diversos trámites con la administración, entre ellos, renovar el carné de conducir.

Por este motivo, las licencias y permisos cuya validez haya finalizado posteriormente a la entrada en vigor del estado de alarma se entenderán como válidas mientras dure esta situación excepcional.

¿Pueden multarme si me desplazo con el carné caducado durante el estado de alarma?

Para proteger los derechos de los ciudadanos en este sentido, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, establece de forma clara la suspensión de los plazos procesales y administrativos, así como de los plazos de prescripción y caducidad para el ejercicio de todo tipo de acciones.

Más concreta es la Orden INT/262/2020, de 20 de marzo, que en el artículo 9 señala que «los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días después de su finalización«.

Cabe señalar que esta modificación también afecta a todos los permisos de circulación extranjeros que sean válidos para circular por España. Así, el artículo 10 de la Orden del 20 de marzo establece que “durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas queda interrumpido el plazo de seis meses durante el cual el titular de un permiso de conducción extranjero válido para conducir en España puede conducir en el territorio nacional, conforme a lo establecido en el artículo 21 del Reglamento General de Conductores […]. El cómputo del plazo se reanudará tan pronto pierda vigencia el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas«.

Así pues, dado que los plazos administrativos se han congelado, no podrán multarte por ir con el carné caducado.

Renovar el carné de conducir tras el estado de alarma

Cuando la situación vuelva a la normalidad, tu licencia estará técnicamente caducada, por lo que tendrás ponerte al día en tus obligaciones.

Según la información publicada por el Ministerio del Interior en el BOE, los usuarios dispondrán de hasta sesenta días naturales para renovarlo una vez finalizado el estado de alarma.

Cabe recordar que, en una situación normal, el plazo comienza desde los tres meses anteriores a la fecha de caducidad indicada en el propio documento (antes es imposible realizar los trámites de renovación).

En cualquier caso, hay que estar atentos al plazo para renovar el carné de conducir, aunque a veces se producen despistes. Para resolver dudas, tu Seguro de Coche MAPFRE te ofrece su servicio de asistencia al automovilista para realizar consultas sobre trámites administrativos y recibir asesoramiento sobre infracciones de tráfico.

CALCULA TU PRECIO